lunes, 13 de julio de 2009

LA CERTIFICACIÓN.

El antiguo CONOCER definía: “La certificación de competencia laboral se denomina como el proceso por medio del cual un organismo de tercera parte reconoce formalmente que una persona ha demostrado ser competente para desempeñar una función productiva determinada, independientemente de la forma que dicha función haya sido adquirida y con base en una Norma Técnica de Competencia Laboral aprobada por el CONOCER.”

De acuerdo a las reglas Generales del Nuevo CONOCER la define: La certificación de la competencia laboral es el procedimiento por el que un organismo de tercera parte reconoce, con fundamento en el artículo 45 de la Ley General de Educación, la competencia laboral de una persona que fue declarada competente como resultado de la evaluación realizada con base en una NTCL y su respectivo IECL.

La certificación, por lo tanto, es el resultado del procedimiento de evaluación, cuya calidad deberá garantizarse mediante los procedimientos de verificación interna, verificación externa y supervisión.

La certificación se hará conforme a los siguientes principios rectores:

I. La certificación de la competencia laboral tiene como referente único la NTCL.
II. Los procedimientos que conducen a la certificación de la competencia laboral se realizarán conforme a las guías técnicas y manuales emitidos por el CONOCER y formalmente distribuidos a los OC para su aplicación, y
III. El OC decidirá la procedencia de la certificación en cada caso particular, con base en el portafolio de evidencias y el dictamen del evaluador.

En este sentido, el certificado de competencia laboral es el documento oficial, mediante el cual se reconoce formalmente la competencia laboral demostrada por una persona conforme a una NTCL.

Los criterios rectores del certificado de competencia laboral son:

I. El certificado de competencia laboral será expedido por el CONOCER, a solicitud del OC.
II. El formato de certificado de competencia laboral será diseñado, elaborado, impreso y controlado por el CONOCER, y
III. El certificado de competencia laboral expedido por el CONOCER correspondiente a una
NTCL tendrá validez nacional.

Es importante resaltar que muchos trabajadores mexicanos carecen de comprobantes escolares que limitan su acceso a cursos de capacitación o simplemente limitan la posibilidad de acceder o desarrollarse en un trabajo determinado; ahora, el certificado de competencia laboral es una opción que abre las puertas al reconocimiento de la experiencia adquirida en el trabajo y marca la pauta para la capacitación continua y a lo largo de la vida productiva del trabajador.

PROCESO DE CERTIFICACIÓN:

Desde el punto de vista de la persona interesada en certificarse, la certificación consta de tres etapas.

La primera es el diagnóstico previo a la evaluación, mediante el cual se informa a la persona si tiene posibilidad de cumplir con los requerimientos de la evaluación;
La segunda etapa es la evaluación en sí, en donde la persona realiza una serie de funciones solicitadas por el evaluador y éste las contrasta con los requerimientos del instrumento de evaluación;
La tercera etapa es el resultado de evaluación en donde se le informa a la persona si es competente (en cuyo caso se le gestiona un certificado con validez oficial) o si es aún no competente, en cuyo caso se le ofrecen los servicios de capacitación para realizar en fecha posterior su proceso de evaluación nuevamente

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